Unidad Tributaria
Declaración Jurada de Impuesto de Patente
"Artículo 6, Ley 9102, el cual establece:
Se aplicarán dos punto cinco colones por cada mil (2.5 x 1.000) sobre los impuestos brutos anuales para calcular el impuesto. Esta suma dividida entre cuatro determinará el impuesto trimestral por pagar. En ningún caso, el impuesto a pagar por el contribuyente podrá ser inferior al diez por ciento (10%) del monto del salario base establecido por la Ley N.7377, del 5 de mayo del 1993.
En esta zona quedan incluidos: LA URBANIZACIÓN LA AMISTAD, NUEVO SAN VICENTE, LA CALLE EL CHOMPIPE, LA CALLE LOS TILIANOS, LA CALLE LINDA VISTA, LA CALLE LA GRUTA, EL BARRIO CRISTO REY Y BAJO LA CHÁCARA.
En caso de que la empresa realice. Esta misma actividad en otros municipios, indique en cuales y los ingresos declarados en cada uno de ellos. El procedimiento de tasación se establece en los articulos 8 y 9 de la Ley 9102
Bajo la gravedad de juramento y conforme a las disposiciones del Código Tributario y la Ley de patentes de la Municipalidad de Belén N.9102, declaro que la información sumistrada y los anexos que se aporten a la misma, han sido examinados por mi persona, continenen una completa y veráz para el impuesto de patentes.
Firmado en ______________ a los ______________ del mes de ______________ del ______________.
Firma del declarante o representante legal _____________________________________
En casos especiales, cuando las empresas hayan sido autorizadas por la Dirección General de Tributación para presentar su declaración del impuesto sobre la renta en fecha posterior a la establecida en la ley, podrán presentar su declaración jurada municipal dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha autorizada por esa Dirección.
El artículo 19 de la Ley 9102 establece: Una vez constatada la falta, los contribuyentes que no presenten la declaración jurada municipal dentro del plazo establecido en esta ley, se les impondrá una sanción según las siguientes situaciones:
A partir del 15 de mayo de cada año no se recibirán declaraciones juradas y se autoriza a la Municipalidad para que realice la tasación de oficio, salvo que exista el requerimiento expreso de la declaración, hecho por la Municipalidad, como parte de una actuación fiscalizadora.
Cualquiera de las sanciones anteriores deberá ser pagada en el trimestre inmediato a su determinación.
Estimado Patentado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 de la Ley 9102, adjunto a la declaración de patentes deben aportar los siguientes documentos: